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Opciones para la deducci�n fiscal del consumo de combustibles |
En los últimos tres años, el cumplimiento de los requisitos fiscales para la deducción del consumo de combustibles ha causado gran controversia y confusión entre los contribuyentes toda vez que, desde la adición de un segundo párrafo al Artículo 31, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con la reforma fiscal para 2005, se establece como requisito para efectuar la deducción del consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, realizar el pago mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o bien, mediante monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, no importando el monto de la erogación. |
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Noviembre 16, 2008 |
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F3241 Formato electr�nico de devoluciones y compensaciones. Segunda parte |
El presente artículo contiene la parte complementaria a la del mismo nombre, publicada en el número anterior de Consultorio Fiscal, esto es, en el 458, correspondiente a la segunda quincena de septiembre del año en curso. En éste se concluye la exposición final del procedimiento explicando paso por paso la aplicación del Formato electrónico para devoluciones y compensaciones |
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Octubre 01, 2008 |
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F3241 Formato electr�nico de devoluciones y compensaciones. Primera parte |
El pasado 14 de agosto, en su página de Internet, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer los nuevos anexos electrónicos de las formas oficiales 32 y 41 (devoluciones y compensaciones), mismos que cuentan con una nueva versión del programa electrónico F 3241, en la cual ya se puede capturar también la información de los nuevos anexos 16, 16-A, 17, 17-A, 18, 18-A, 18-B y 18-C de las formas oficiales 32 y 41 y generar los archivos encriptados para su entrega al SAT.
En el presente artículo se muestra la forma de instalar dicho programa, así como su uso.
Palabras clave: formato electrónico devoluciones compensaciones |
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Septiembre 16, 2008 |
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Devoluci�n y compensaci�n de saldos a favor 2008. Segunda parte |
Después de publicada la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 (RMF 2008), se dieron a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la primera y segunda resolución de modificaciones a la citada Resolución, el 27 de junio y 31 de julio del presente, respectivamente, deviniendo en la reforma y adición de algunos párrafos a las reglas relativas a devolución y compensación de saldos a favor, mismos que comentaré enseguida. |
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Agosto 16, 2008 |
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Segunda Modificaci�n a la Resoluci�n Miscel�nea 2008-2009 |
En el Diario Oficial de la Federación del pasado 31 de julio fue publicado el Decreto de la Segunda Modificación a la Resolución Miscelánea, en el que a grosso modo, entre otros, se eliminan referencias de trámites para incorporar las referencias a las fichas técnicas del Anexo 1-A; se hacen algunas |
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Agosto 16, 2008 |
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Factura electr�nica |
Desde su concepción, la factura es el documento culminante en las operaciones comerciales. Se utiliza para comprobar la transferencia legal de bienes y servicios adquiridos en un período determinado con la finalidad de avalar su tenencia y el pago de impuestos a las autoridades, por lo que se le considera un requisito fiscal para toda empresa. |
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Agosto 16, 2008 |
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R�gimen de Consolidaci�n Fiscal. Resoluci�n Miscel�nea Fiscal para 2008 |
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Hablar del Régimen de Consolidación Fiscal siempre despierta gran interés por los diversos beneficios fiscales que trae consigo este régimen, como es el de permitir a un grupo de empresas poder determinar sus impuestos como si se tratara de una sola, permitiendo obtener un solo resultado fiscal consolidado, logrando con ello, según los casos, equilibrar su “carga tributaria”, ya que dentro de las empresas algunas son “ganadoras” y algunas otras, “perdedoras”. |
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Julio 16, 2008 |
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C�mo obtener la Firma Electr�nica Avanzada (FIEL) |
Hay que recordar que el Código Fiscal de la Federación fue modificado el 5 de enero de 2004 y uno de los cambios más interesantes fue en materia de Informática Fiscal ya que surge un capítulo llamado de los medios electrónicos, los cuales abarcan los artículos 17-C al 17-J y en el artículo 17-D nos menciona la obligación del uso de la FEA (FIEL) en todos los trámites con documentos digitales. El pasado 27 de mayo es publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea para el ejercicio 2008, en la cual las reglas correspondientes a la FIEL se identifican con II.2.20. Medios Electrónicos. Esta regla tiene varias condiciones a cumplir, las cuales vamos a seguir paso a paso en el presente artículo. |
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Julio 16, 2008 |
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Primera Modificaci�n a la Resoluci�n Miscel�nea |
El día 27 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Primera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008; en este artículo se presenta un resumen de los cambios más importantes, cuya vigencia inicia el 1 de julio de 2008. Como se recordará, ahora la Resolución Miscelánea está dividida por Libros, por lo que los cambios los presentamos en esa misma estructura. |
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Julio 16, 2008 |
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Nuevas reglas en materia del procedimiento administrativo de ejecuci�n �Remate de bienes embargados� |
En estricto sentido, las únicas disposiciones jurídicofiscales que regulan a la Hacienda Pública Federal y a los contribuyentes son la Ley y el Reglamento, pues son los únicos previstos en la Constitución, el primero, como norma emanada del poder legislativo, y el segundo, como acto formalmente administrativo expedido por el Poder Ejecutivo en los términos del artículo 89 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. No obstante, los actos de autoridad se ven materializados en las circulares reglamentarias cuyas reglas se publican anualmente en el Diario Oficial de la Federación, estos criterios conforman lo que se conoce en la jerga técnica fiscal como Resolución Miscelánea Fiscal. |
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Julio 16, 2008 |
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Inscripci�n y avisos al RFC, RMF 2008 y Primera Modificaci�n |
El 27 de mayo del 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 (RMF 2008), y exactamente al mes, es decir, el día 27 de junio del mismo año, se publicó la Primera Resolución de Modificaciones a la misma, y a sus anexos 1, 1-A, 7, 10 y 11. |
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Julio 16, 2008 |
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Miscel�nea Fiscal 2008: compensaci�n y devoluci�n de saldos a favor de contribuciones |
En materia de devoluciones y compensaciones, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 no sufrió cambios importantes. En este trabajo se presenta un cuadro comparativo entre reglas de la Miscelánea anterior y de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, en el que se manifiestan algunos comentarios relativos a los principales cambios entre ambas disposiciones fiscales. |
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Julio 01, 2008 |
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Comprobantes Fiscales |
Toda persona (física o moral) debe solicitar un comprobante al adquirir un bien, al recibir un servicio o al usar o al gozar temporalmente de bienes muebles e inmuebles; así como expedirlo al realizar cualquiera de las actividades anteriores, con el fin de comprobar esta operación. Existen diferentes tipos de comprobantes para efectos fiscales y el presente trabajo se tratará sobre los mismos, comentando los requisitos y características que deben reunir y mostrándolos en forma esquemática. |
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Julio 01, 2008 |
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Reglas de Resoluci�n Miscel�nea 2008 aplicables a los Dep�sitos en Efectivo |
El día 27 de mayo de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, la cual contiene un cambio importante en su estructura: ahora se divide en dos libros. El primero se refiere a las reglas de aplicación sobre las disposiciones fiscales y, el segundo, a la forma en que se van a realizar los trámites ante las autoridades fiscales. En este artículo se detallan las reglas aplicables a los depósitos en efectivo que se encuentran en dicha Resolución. |
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Julio 01, 2008 |
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Nueva Resoluci�n Miscel�nea 2008-2009 |
El presente artículo es continuación de una primera parte incluida en el número anterior (452) de Consultorio Fiscal, correspondiente a la segunda quincena de junio de 2008. En éste comentaremos lo referente a las Reglas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), a las Reglas del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) y lo referente a las Reglas de la Ley de Ingresos de la Federación. |
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Julio 01, 2008 |
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